Consejo de Cuenca, Lago de Tota
29-jul/2014:
Respuesta recibida de Corpoboyacá: verla aquí.
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Como consecuencia de dos evasivas previas por parte de CORPOBOYACÁ en los últimos meses, y una claridad recibida hoy desde MINAMBIENTE en respuesta a una tutela interpuesta contra la jefe de ésta cartera; el día de hoy hemos solicitado al Director de Corpoboyacá cumplimiento al deber legal de conformar el Consejo de Cuenca del Lago de Tota, en ejercicio al mecanismo constitucional consagrado en art. 87 de la Carta (acciones de cumplimiento).
El MINISTERIO DE AMBIENTE ha sido suficientemente claro en afirmar: "... la competencia para la conformación del Consejo de Cuenca del Lago de Tota es de CORPOBOYACÁ" (María Claudia García Dávila, Directora de Bosques, Biodiversidad, y Servicios Ecosistémicos, MADS; 15/julio/2014).
La cuenca del Lago de Tota no admite más quite al deber por parte de la Corporación, al tratarse de algo dispuesto por el Ministerio de Ambiente desde hace más de un año (Resolución 509/13, 21 de Mayo), y siendo además algo tan importante para una adecuada gestión de cuenca y del recurso hídrico, ante los retos que plantea el Conpes 3801, los ajustes al POMCA, y el reciente convenio suscrito con la AFD.
Respuesta recibida de Corpoboyacá: verla aquí.
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Como consecuencia de dos evasivas previas por parte de CORPOBOYACÁ en los últimos meses, y una claridad recibida hoy desde MINAMBIENTE en respuesta a una tutela interpuesta contra la jefe de ésta cartera; el día de hoy hemos solicitado al Director de Corpoboyacá cumplimiento al deber legal de conformar el Consejo de Cuenca del Lago de Tota, en ejercicio al mecanismo constitucional consagrado en art. 87 de la Carta (acciones de cumplimiento).
El MINISTERIO DE AMBIENTE ha sido suficientemente claro en afirmar: "... la competencia para la conformación del Consejo de Cuenca del Lago de Tota es de CORPOBOYACÁ" (María Claudia García Dávila, Directora de Bosques, Biodiversidad, y Servicios Ecosistémicos, MADS; 15/julio/2014).
La cuenca del Lago de Tota no admite más quite al deber por parte de la Corporación, al tratarse de algo dispuesto por el Ministerio de Ambiente desde hace más de un año (Resolución 509/13, 21 de Mayo), y siendo además algo tan importante para una adecuada gestión de cuenca y del recurso hídrico, ante los retos que plantea el Conpes 3801, los ajustes al POMCA, y el reciente convenio suscrito con la AFD.
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